Vialidad Nacional reitera que no autorizó la instalación de radares en rutas nacionales
El 11º Distrito Catamarca de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) reitera que no ha firmado convenio alguno de autorización para la instalación de cinemómetros o radares de velocidad en ninguna de las rutas nacionales de su jurisdicción, por lo que aquellos dispositivos de este tipo que fueron instalados en la provincia no están legalmente habilitados para funcionar. La aclaración se realiza ante las numerosas consultas que recibe a diario este distrito por parte de usuarios que son intimados a pagar supuestas infracciones por exceso de velocidad en travesías urbanas como las de Chumbicha (Capayán), Casa de Piedra y Recreo (La Paz).
La Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, a la que adhirió la provincia de Catamarca, establece que la DNV siempre debe autorizar el emplazamiento de cinemómetros o equipos controladores de tránsito, prestando o no el visto bueno. Previamente técnicos especializados de la entidad deberán impartir directrices a seguir observando determinadas cuestiones técnicas y geométricas de la ruta. Entre otros aspectos, se debe tener en cuenta los denominados “puntos negros”, que son lugares de alta siniestralidad vial.
La citada ley también establece que los equipos deberán contar con la aprobación de otros organismos competentes como la Agencia Nacional de Seguridad Vial y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial, este último encargado de que los equipos estén homologados o que cuenten con la verificación técnica correspondiente en caso de que cuenten con más de un año de antigüedad, además de ser obligatorio su verificación trimestral.
La DNV aconseja a los usuarios que hayan sido intimados a abonar multas registradas por este tipo de dispositivos visitar la página oficial del organismo (www.dnv.gov.ar) y extraer los modelos de cartas documento elaboradas por la Subgerencia de Asuntos Jurídicos para contestar los descargos, en caso que el usuario afectado así lo desee.